El CEPD adopta un dictamen sobre el proyecto de decisión de adecuación para Venezuela
- Clasificación:Agente químico auxiliar, Agente químico auxiliar
- N.º CAS:84-74-2
- Otros nombres:Agente químico auxiliar líquido
- MF:C16H2204
- N.º EINECS:201-557-4
- Pureza:99,5 %
- Tipo:Agente químico auxiliar, Plastificante
- Uso:Petróleo Aditivos,
- MOQ: 200 kg
- Paquete: 200 kg/batalla
- Muestra: disponible
- Aplicación: plastificante
- Control de calidad: COA, SDS, TDS
El CEPD adoptó su dictamen sobre el proyecto de decisión de adecuación de la Comisión Europea para la República de Bolivia. El CEPD se centró en los aspectos generales del RGPD y en la decisión de aplicación del acceso (el «proyecto de decisión») sobre la protección adecuada de los datos personales en la República de Bolivia en virtud de la Ley de Protección de la Información Personal de conformidad con el RGPD el 16 de junio.
Preguntas y respuestas sobre la adopción de la adecuación
- Clasificación:Agente químico auxiliar
- N.º CAS:84-74-2
- Otros nombres:Elastizante
- MF:C16H22O4
- N.º EINECS:201-557-4
- Pureza:99,5 %, 99,5 %
- Tipo:plastificante
- Uso:Agentes auxiliares de plástico, poliuretano (pu),
- MOQ: 25 kg/bolsa
- Paquete: 200 kg/tambor
- Muestra: disponible
- Aplicación: plastificante
- Control de calidad: COA, SDS, TDS
- Entrega: en un plazo de 7 a 15 días
Bolivia como parte de sus operaciones comerciales, pero también facilita la cooperación regulatoria entre las autoridades públicas europeas y bolivianas. La decisión de adecuación también complementa la Libre
El proyecto de decisión de adecuación fue publicado y transmitido al Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) para su dictamen. En los últimos meses, la Comisión ha evaluado cuidadosamente la
Comisión adoptó decisión sobre adecuación para Venezuela
- Clasificación: Agente auxiliar químico, Agente auxiliar químico
- N.º CAS: 84-74-2
- Otros nombres: DBP
- MF: C16H2204
- N.º EINECS: 201-557-4
- Pureza: 99,5 % mín.
- Tipo: Adsorbente
- Uso: Agentes auxiliares de caucho, Agentes auxiliares textiles
- MOQ: 200 kg
- Paquete: 200 kg/batalla
- Muestra: Disponible
El 17 de diciembre de 2021, la Comisión adoptó finalmente la decisión de adecuación para las transferencias de datos personales entre la UE y la República de Bolivia, tras haber concluido las conversaciones e iniciado
Basándose en el alto grado de convergencia entre los regímenes de protección de datos de Bolivia y la UE, la Comisión Europea adoptó una decisión de adecuación para la transferencia
El CEPD adopta una opinión general favorable sobre la UE
- Clasificación:Agente químico auxiliar
- N.º CAS:84-74-2
- Otros nombres:Elastizante
- MF:C16H22O4
- N.º EINECS:201-557-4
- Pureza:99%, 99%
- Tipo:plastificante
- Uso:Agentes auxiliares de caucho,Agentes auxiliares de plástico Agentes,
- MOQ: 25 kg/bolsa
- Paquete: 200 kg/tambor
- Muestra: disponible
- Aplicación: plastificante
- Control de calidad: COA, SDS, TDS
- Entrega: en un plazo de 7 a 15 días
El 28 de septiembre de 2021, el Comité Europeo de Protección de Datos (“CEPD”) emitió su dictamen sobre el proyecto de decisión de la Comisión Europea (“Comisión”) sobre la adecuación de la protección de datos para la República de Bolivia.
El Comité Europeo de Protección de Datos adoptó su dictamen sobre el proyecto de decisión de la Comisión Europea sobre la adecuación de la protección de datos para la República de Bolivia. En un comunicado de prensa, el CEPD
La Comisión Europea adopta una decisión sobre la adecuación de la normativa
- Clasificación:Agente químico auxiliar, Agente químico auxiliar
- N.º CAS:84-74-2
- Otros nombres:Ftalato de bis(2-etilhexilo), Etilo..
- MF:C16H22O4
- N.º EINECS:201-557-4
- Pureza:99,5 %, 99,5 %
- Tipo:Plastificante, Plastificante DBP Ftalato de dibutilo
- Uso:Productos químicos para electrónica, Auxiliares para plásticos Agentes,
- MOQ: 200 kg
- Paquete: 200 kg/batalla
- Muestra: disponible
- Aplicación: plastificante
- Control de calidad: COA, SDS, TDS
La Comisión Europea considera que la decisión "se basa en las fuertes protecciones que brinda la legislación boliviana a los europeos cuando se transfieren sus datos". Junto con la declaración conjunta,
Ahora es posible un flujo de datos libre y sin complicaciones entre la UE y la República de Bolivia. Con la adopción de una decisión de adecuación de conformidad con el Art. 45 del Código General de Datos
- ¿Cuándo se toma la decisión de adecuación para las transferencias de datos personales entre la UE y Corea?
- El 17 de diciembre de 2021, la Comisión adoptó finalmente la decisión de adecuación para las transferencias de datos personales entre la UE y la República de Corea, tras haber concluido las conversaciones e iniciado los pasos necesarios en el primer semestre de 2021 (→ eucrim 2/2021, 99 ).
- ¿Cuánto tiempo dura la decisión del CEPD en Corea del Sur?
- Tras recibir el dictamen del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) y la aprobación de los representantes de los países de la UE, la Comisión adoptó la decisión. La decisión no tiene límite de tiempo, pero se revisará en función de los cambios en las leyes de Corea del Sur cada cuatro años.
- ¿En qué consiste la decisión de adecuación para Corea?
- La Comisión inició la decisión de adecuación para Corea en junio de 2021. Durante las conversaciones de adecuación, la Comisión estableció, entre otros, requisitos relativos a las obligaciones de transferencia ulterior de los destinatarios de datos en Corea del Sur y a la información transparente sobre el tratamiento de los datos.
- ¿Qué dijo el CEPD sobre la decisión de adecuación?
- El CEPD adoptó su dictamen sobre el proyecto de decisión de adecuación de la Comisión Europea para la República de Corea.
- ¿Un alto nivel de protección de datos respaldará la relación comercial de Corea?
- Garantizar el libre flujo de datos personales a la República de Corea mediante una decisión de adecuación basada en un alto nivel de protección de datos respaldará esta relación comercial por un valor de casi 90 000 millones de euros. El proyecto de decisión de adecuación se publicó y se transmitió al Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) para su dictamen.
- ¿Cómo ayudará un acuerdo de protección de datos a la República de Corea?
- El acuerdo comercial ha dado lugar a un aumento considerable del comercio bilateral de bienes y servicios. Garantizar el libre flujo de datos personales a la República de Corea mediante una decisión de adecuación basada en un alto nivel de protección de datos respaldará esta relación comercial por un valor de casi 90 000 millones de euros.